¿Qué es la Revocación de mandato y qué establece la ley en México al respecto?

¿Qué es la Revocación de mandato y qué establece la ley en México al respecto?

El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) define a la revocación de mandato como una figura democrática con la que las y los ciudadanos eligen si un funcionario electo para cierto período continúa o no su mandato.

En México está próximo el ejercicio de Revocación de Mandato, misma iniciativa que lanzó el presidente Andrés Manuel López Obrador, y la cual se llevará a cabo el 10 de abril de 2022; pero, ¿de qué se trata esta figura democrática y cuáles son sus alcances en la ley mexicana? Aquí te lo decimos.

La revocación de mandato es una propuesta del propio Ejecutivo federal, y que a través del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) se define como una figura democrática con la que las y los ciudadanos eligen si un funcionario electo para cierto período continúa o no su mandato.

El IMCO señala que a través de la Revocación de mandato “se pretende darle poder al ciudadano para que califique a su representante y decida si lo mantiene en su cargo”.

Dicha figura democrática fue una de las principales propuestas del actual presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, donde enfatizó que “el pueblo pone y el pueblo quita”, además señaló que al asumir la Presidencia de la República a mitad de su sexenio, el cual termina en 2024, se sometería a esta consulta pública para que los ciudadanos evalúen a su administración.

Revocación de mandato en la Constitución

En 2019, el Congreso mexicano aprobó una reforma constitucional mediante la cual se creó la figura de “revocación de mandato” del presidente de la República.

A partir de ese momento, la Constitución Política establece que la revocación de mandato presidencial se llevará conforme a lo siguientes puntos:

  • Será convocada por el Instituto Nacional Electoral (INE) a petición de la ciudadanía, en número equivalente al 3% de los inscritos en la lista nominal de electores, correspondientes a por lo menos 17 entidades federativas. Dentro de los siguientes 30 días, luego de recibir la solicitud, el órgano electoral verificará el requisito establecido y emitirá la convocatoria al proceso para la revocación de mandato.
  • Se podrá solicitar en una sola ocasión y durante los 3 meses posteriores a la conclusión del tercer periodo constitucional. Los ciudadanos podrán recabar firmas para la solicitud de revocación durante el mes previo a la fecha señalada, los formatos y medios para la recopilación de firmas, así como los lineamientos para las actividades relacionadas.
  • La consulta se realizará mediante votación libre, directa y secreta el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o locales.
  • Para que el proceso de revocación de mandato sea válido deberá haber participación de, por lo menos, el 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores. La revocación solo procederá por mayoría absoluta.
  • El INE tendrá a su cargo, en forma directa, la organización, desarrollo y cómputo de la votación. Emitirá los resultados de los procesos de revocación de mandato del titular del Ejecutivo federal, los cuales podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
  • En este caso, la Sala Superior realizará el cómputo final del proceso de revocación, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto. En su caso, emitiría la declaratoria de revocación.

Cabe señalar que la Constitución prohíbe el uso de recursos públicos en la recolección de firmas de los ciudadanos, así como los fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de esta figura democrática, así que únicamente el INE y los organismos públicos locales pueden promover la participación ciudadana y difundir la revocación solo como información.

De acuerdo con los artículos transitorios, en el plan para la consulta de revocación de mandato se especifica que, en el caso de solicitarse este proceso por parte del presidente de la República para el periodo constitucional 2018-2024, la solicitud de firmas comenzaría durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre del año pasado.

De esta manera, la solicitud correspondiente tendría que presentarse ante el INE dentro de los primeros 15 días de diciembre de 2021. Y como dicho proceso se cumplió en tiempo y forma, la revocación de mandato se realizará el 10 de abril de 2022, ya que en este año se cumple la de su sexenio.

Revocación de mandato de AMLO. Foto: Internet

No obstante, uno de los obstáculos que podría tener dicha consulta, y de los mismos resultados, es el porcentaje requerido de participación. Para el proceso electoral de este año, la lista nominal estuvo conformada por 93 millones 528,473 personas, por lo que el 3% equivaldría a 2 millones 805,854 de ciudadanos. Es por esto que esa cantidad de ciudadanos será la solicitada para que se lleve a cabo el proceso de revocación.

Para que el proceso se validara se tuvo que tomar en cuenta por lo menos el 40% de participación de la lista nominal, que corresponde a 37 millones de mexicanos.

Por su parte, el INE calcula que el gasto para este proceso será aproximadamente de 9,000 millones de pesos para organizar y llevar a cabo la logistica de la revocación de mandato.

La cantidad mencionada es una de las principales críticas al proceso de consulta sobre la revocación de mandato de López Obrador, pues significa un costo millonario para el erario y podría tener una baja participación, por lo que no habría resultados vinculatorios.

Revocación de mandato en México

En nuestro país esta sería la primera ocasión en que un presidente se someta a una consulta sobre si debe o no permanecer en el cargo. Además, la reforma de 2019 también aplica para gobernadores y altos funcionarios, sin embargo, por ahora no se ha ejercido la figura de revocación en estos sectores gubernamentales.

La Constitución señala que, en caso de haberse revocado el mandado del presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión. Y dentro de los 30 días siguientes, el Legislativo deberá nombrar a un presidente sustituto quien concluirá el sexenio.

Cabe mencionar que además de México, en América Latina hay otros 7 países, que llevan a cabo la figura de revocación de mandato: Ecuador, Venezuela, Bolivia, Perú, Panamá, Argentina y Colombia. Sin embargo cada proceso tiene diferentes características dependiendo del país.

También lee: Caso Ayotzinapa: Investigan a jefes y a un almirante de la Marina por haber alterado la escena del crimen


Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.