Programa Ciudad al Aire Libre será permanente en la CDMX

Programa Ciudad al Aire Libre será permanente en la CDMX

El programa ‘Ciudad al Aire Libre’ será permanente en la Ciudad de México incluso después de que termine la epidemia de covid-19 gracias al buen resultado que ha tenido, informó el gobierno capitalino.

El programa, que se implementó durante la emergencia sanitaria, está dirigido a los establecimientos mercantiles cuyo giro sea la venta de alimentos preparados para que puedan brindar servicio en exteriores.

La continuación de este programa va en dos sentidos, uno de ellos es que al iniciar el periodo de lluvias se garantice que los establecimientos puedan ofrecer servicio a los clientes en el exterior sin que estos se expongan al clima, dijo el titular de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), José Merino.

“Estamos en conversaciones con el sector restaurantero y otras autoridades para hacer de ese programa uno permanente”, afirmó durante conferencia de prensa.

Registro al programa

Los negocios interesados en ser parte de este programa podrán registrarse a partir del viernes 7 de mayo en siapem.cdmx.gob.mx

De esta manera, los establecimientos registrados podrán colocar enseres desmontables en la vía pública e instalar de forma fija estructuras como toldos ligeros en banquetas, plataformas, barreras físicas o señalética de protección para el caso de enseres en franja de estacionamiento sobre arroyo vehicular.

Las autoridades destacaron que los establecimientos deberán garantizar la protección del cliente con barreras físicas y señaléticas para los casos de enseres en arroyo vehicular. Además, será obligatorio dejar un espacio libre de al menos un metro de ancho para el paso peatonal en las banquetas.

Áreas que se podrán utilizar

Los locales podrán utilizar la banqueta, siempre y cuando se garantice al menos un metro libre para el paso peatonal.

Si el establecimiento se encuentra ubicado en una vía secundaria de uno o más carriles de circulación que cuenten con franja de estacionamiento, podrá colocar enseres sobre el espacio que corresponda al frente de la fachada del establecimiento.

Si está en una vía secundaria que no cuente con carril de franja de estacionamiento, podrá utilizar un carril sobre el arroyo vehicular.

La Semovi, en coordinación con las autoridades competentes, definirá las vialidades y las zonas de parquímetro en las que se podrán colocar enseres sobre el arroyo vehicular, así como sumar otras o excluirlas del Programa para privilegiar la movilidad, interés general, protección civil o seguridad.

Disposiciones para establecimientos

  • Las mesas al aire libre no pueden ser mayores al 75% de las disponibles al interior del establecimiento.
  • Se prohíbe fumar en espacios cerrados. En zonas de enseres al aire libre podrá destinarse una zona exclusiva para fumadores, siempre que se garantice que las personas no fumadoras en espacios abiertos estén 100% libres de humo de tabaco.
  • Las mesas deberán colocarse con una distancia de 1.5 metros entre cada una y tener un diseño y tratamiento cromático unitario, con colores adecuados a la fachada del establecimiento mercantil y a la imagen urbana de la colonia, pueblo o barrio donde se instalen.
  • Para el Centro Histórico los colores permitidos para enseres y/o estructuras fijas serán azul marino, verde bosque, café, terracota y vino, observando el Manual Ciudadano para el cuidado del Centro Histórico.
  • En Monumentos históricos o colindantes con estos, deberán contar con autorización y/o permiso del INAH y seguir la normativa aplicable.

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