Contribuyentes no tienen obligación de ajustar su resultado fiscal a parámetros del SAT

Contribuyentes no tienen obligación de ajustar su resultado fiscal a parámetros del SAT

Los contribuyentes no tienen la obligación de ajustar su resultado fiscal a los parámetros que dio a conocer el Servicio de Administración Tributaria (SAT), a partir de este año, pese a que la autoridad fiscal tiene la facultad de publicar esta información de manera periódica, de acuerdo con el Consejo Coordinador Empresarial (CCE).

“El Consejo precisa que, en todo caso, la información que publique el SAT puede servir al contribuyente para saber si su tasa efectiva de impuestos está dentro o no del parámetro dado a conocer por la autoridad fiscal”, dice un comunicado.

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Según el CCE, las tasas efectivas publicadas por el SAT, de acuerdo con su definición, se obtienen dividiendo el impuesto sobre la renta causado entre los ingresos acumulables.

“Es muy importante resaltar que esa publicación distorsiona la correcta medición de lo que pagan las empresas, ya que las tasas efectivas publicadas por el SAT, fueron calculadas dividiendo el impuesto sobre la renta causado entre los ingresos acumulables, siendo que lo correcto es efectuar el cálculo del 30% de impuesto sobre el resultado fiscal (utilidades) determinado conforme a las disposiciones que establece nuestra legislación tributaria”, dice el documento.

Corregir su situación fiscal 

Para el CCE, es desafortunado el tono de la “invitación” -que también publicó el SAT– para que los contribuyentes consulten la tasa impositiva correspondiente a la industria en la que se encuentre y, en su caso, corregir su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones complementarias, a efecto de minimizar el riesgo de ser sujeto al inicio de facultades de comprobación”.

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