CNBV da el visto bueno a 46 fintech para operar en México

CNBV da el visto bueno a 46 fintech para operar en México

La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha emitido opinión favorable respecto a la autorización de 46 fintech para operar en México.

“La CNBV continúa con la emisión de autorizaciones a empresas que cumplieron con la totalidad de requisitos del marco regulatorio para las Instituciones de Tecnología Financiera”, dice un comunicado.

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Autorizaciones de la CNBV

Con base en lo acordado por el Comité Interinstitucional en el que participa conjuntamente con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SCHP) y el Banco de México (Banxico), la CNBV ha emitido autorizaciones de Instituciones de Tecnología Financiera (ITF) con efectos inmediatos distintos:

  1. Autorizaciones. Son aquellas en las que las sociedades solicitantes ya cumplieron con la totalidad de requisitos que enuncia el marco regulatorio aplicable. Estas autorizaciones han sido o estarán siendo publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y en la página de internet de la CNBV, integrándose al Padrón de Entidades Supervisadas (PES). A esta fecha, se han otorgado catorce autorizaciones con estas características, de las cuales, seis son entidades que ya operaban al amparo del artículo octavo transitorio de la Ley para Regular a las Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech), y ocho corresponden a empresas de nueva creación, por lo que previo a su inicio de operaciones y su incorporación al PES, deben acreditar el cumplimiento de los requisitos que enuncia el artículo 40 de la Ley Fintech.
  2. Autorizaciones sujetas a condición suspensiva. Las condiciones que tendrían que cumplir algunas de las sociedades, son, por ejemplo: la constitución de nuevas sociedades subsidiarias y la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio; la celebración de actos corporativos que conlleven aumentos en su capital social; redistribuciones accionarias; escisiones, fusiones y modificación de contratos operativos y de gestión. Lo anterior para acreditar que su organización y funcionamiento es conforme a lo previsto en la normativa aplicable. En el momento en que no existan condiciones pendientes de cumplir, las autorizaciones serán publicadas en el DOF, y en la página web de la CNBV integrándose al PES. A la fecha, se encuentran en esta condición un total de treinta y dos sociedades.

“Respecto al proceso y tiempos de autorización de las ITF, se reitera que los plazos para la resolución de sus solicitudes se llevan a cabo conforme a la normatividad aplicable, y los tiempos de autorización corresponden en sí mismos al caso particular de cada sociedad solicitante, en el entendido de que la revisión y análisis de los expedientes, se hace en el orden de su recepción e integración”, dice el documento.

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