¿No te llegó aguinaldo? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

¿No te llegó aguinaldo? Esto dice la Ley Federal del Trabajo

Ya pasó el 20 de diciembre, fecha límite que tienen las empresas para depositar el aguinaldo a sus trabajadores

Si aún no recibes tu aguinaldo, debes de saber que los empleadores tienen hasta el 20 de diciembre para entregar a sus empleados esta prestación de ley, por lo que si el día de hoy no te lo han depositado, están incurriendo en una falta que amerita sanción.

Los empleados pueden tomar medidas legales para que se respete el aguinaldo, pues es un derecho laboral que no debe ser negado por el empleador.

¿Qué hago si ya pasó la fecha límite y no me han dado mi aguinaldo?

La Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87 establece que el aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores por lo que todos los empleados, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros tienen derecho a cobrar su aguinaldo.

Dicha prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, los agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes.

Todas las personas trabajadoras tienen derecho a recibir un aguinaldo cada año, mismo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre y será el equivalente a 15 días de salario, como mínimo.

Quienes no hayan cumplido el año de servicio, sin importar que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo trabajado.

Entonces, ¿qué hago si no me lo dan?

Si el empleador no paga el aguinaldo en tiempo y forma, se hará acreedor a una multa. El trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes el pago de su aguinaldo.

Dependiendo de la actividad que desarrolle la empresa y de acuerdo a la competencia determinada por la Ley Federal del Trabajo, puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), misma que tiene la obligación de brindar asesoría legal, gratuita y personalizada.

Al acudir a la Profedet, ésta interpondrá la demanda respectiva ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o en su caso a la Procuraduría (local) de la Defensa del Trabajo, quien interpondrá la demanda ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

En la Ciudad de México, la Profedet cuenta con oficinas en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc.

También brida atención a través de los teléfonos 800 71 72 942 y 800 91 17 877, o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país.

Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de los 50 a los 5000 salarios mínimos.

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