¡Cuida tus datos personales! Aumenta el robo de contraseñas del SAT para cobrar el saldo a favor

¡Cuida tus datos personales! Aumenta el robo de contraseñas del SAT para cobrar el saldo a favor

El SAT señaló que, una vez hecha la transferencia del saldo a favor a la cuenta desconocida, esta es irreversible.

Si ya presentaste o estás por hacer tu declaración anual, pon mucha atención en el cuidado de tus datos personales, ya que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) alertó sobre el incremento en los robos de contraseñas y e.firma de algunos contribuyentes, con las cuales personas suplantan identidades para cobrar devoluciones de saldos a favor a otras cuentas bancarias.

Asimismo, el SAT señaló que, una vez realizada la transferencia del saldo a favor a la cuenta desconocida, esta es irreversible; y a través de un comunicado indicó que “Durante las dos primeras semanas de la presentación de la Declaración Anual de personas físicas, se ha identificado un número considerable de quejas sobre robo y utilización de la Contraseña o firma electrónica (e.firma) por terceras personas cuando presentan su declaración con la finalidad de solicitar la devolución de los saldos a favor del impuesto sobre la renta (ISR) con el registro de cuentas bancarias distintas a las de los contribuyentes titulares, aperturadas principalmente en BBVA Bancomer, Banco Afirme y Banco Azteca”.

SAT. Foto: Internet

Antes este panorama, el SAT sugirió a los contribuyentes no compartir con terceras personas sus medios de autenticación como son la Contraseña o los archivos de su firma electrónica (e.firma), pues “Ambos medios de autentificación producen los mismos efectos legales que la firma autógrafa con igual valor probatorio.”

¿Qué hacer en caso de que te robaron tu contraseña y e.firma?

El SAT recomienda las siguientes acciones si te robaron tu cortraseña y e.firma: 

Presentar su queja o denuncia en:

Generar o renovar su contraseña

Debes entrar al portal del SAT y dar clic en “Otros trámites y servicios”, luego en “Renovar el certificado de su firma electrónica”. De este modo saldrá el paso a paso para hacer el proceso de renovación de tu contraseña.

Luego deberás presentar tu declaración complementaria a más tardar 48 horas después de que hayan presentado la primera declaración, a fin de que el SAT esté en posibilidad de detener la transferencia de la devolución a la cuenta desconocida, ya que, una vez enviada la instrucción al banco, será irreversible el traspaso.

Esta declaración complementaria tiene que ser del tipo “Dejar sin efecto declaración” y después deberás presentar una declaración complementaria de tipo “Declaración no presentada”, así como su trámite de devolución vía el Formato Electrónico de Devoluciones.

Cabe señalar que, si la devolución se efectuó, deberás denunciar ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, dado que solo se pudo haber efectuado la devolución automática si el nombre del titular de la cuenta coincide con el nombre del contribuyente, por lo cual, se presume que sus datos fueron utilizados para crear una cuenta bancaria sin su autorización y habiendo suplantado tu identidad.

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