Así puedes realizar tu declaración anual ante el SAT si eres persona moral

Así puedes realizar tu declaración anual ante el SAT si eres persona moral

Si eres uno de los contribuyentes registrados ante el SAT como persona moral, te decimos 5 consejos para realizar tu declaración anual

Si estás registrado como persona moral, ya puedes comenzar con tu declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues la fecha límite es hasta el 31 de marzo, por ello, hoy en Mundo Ejecutivo traemos para ti algunos consejos para facilitar dicho trámite.

Recuerda que para realizar tu declaración anual necesitas el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la contraseña del SAT y la firma electrónica o e.firma vigente.

Si tu firma electrónica tiene menos de un año de vencimiento puedes hacer el trámite de renovación en línea, sin embargo, si perdió la vigencia hace más de un año el trámite para renovarla es presencial.

Cabe señalar que la fecha para la declaración de las personas físicas es distinta a la de las morales, ya que ellas deberán presentar su declaración anual a partir del 1 y hasta el 30 de abril del 2022.

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Consejos para realizar tu declaración ante el SAT. Foto: Canva

5 recomendaciones para realizar tu declaración anual ante el SAT

Antes de comenzar con esta recomendaciones, debes saber que un punto clave para salir a favor en tu declaración de impuestos, es contar con una buena administración financiera, esto con el propósito de que no haya imprevistos a la hora de obtener el cálculo final de las obligaciones del año fiscal en su declaración.

1. Revisión de insumos contables

Como sabes, el resultado de la declaración anual se construye con los insumos contables de todos los días. Así que antes de entrar en materia fiscal, asegúrate de contar con un cierre contable que refleje la situación financiera de tu empresa de manera puntual y que además puedas sustentar cada movimiento.

Por ejemplo, el saldo de bancos que se refleje en tu contabilidad debe estar conciliado y sustentado con estados de cuenta; los saldos de clientes y deudores deben ser recuperables; las inversiones en activos fijos deben presentar el remanente de vida útil con integraciones detalladas; las obligaciones deben reflejar la deuda real en la fecha de corte, entre otras consideraciones.

2. Prepara tu integración de ingresos

En ocasiones, los contribuyentes confunden los conceptos de ingreso y ganancia en el ámbito fiscal, por eso es importante entender en qué radica la diferencia: el primero es cualquier cosa que incrementa el patrimonio de nuestra entidad; el segundo término se refiere al resultado de restar tus gastos a tus ingresos.

Así que para calcular el ingreso fiscal, es clave que distingas los diferentes tipos de ingresos reportados, por ejemplo: ingresos facturados, ingresos cobrados no facturados, ingresos devengados (servicios prestados, pero no cobrados ni no facturados), Ingresos por anticipos e Ingresos cobrados de ejercicios anteriores, mismos que no deben acumularse fiscalmente.

Si clasificas correctamente tus ingresos, el proceso de tu declaración será mucho már fácil, pues sabrás cuáles son las operaciones fiscales correspondientes a cada uno.

3. Hay gastos que no son deducibles

Recuerda que para hacer deducible un gasto hay que cumplir con ciertos requisitos como:

  • Solicita comprobante fiscal en todas tus compras y/o servicios consumidos. (Revisa el RFC, método de pago, concepto y el correcto desglose de cantidades e impuestos relacionados).
  • Identifica los pagos realizados y facturas pendientes de pago a personas físicas, sociedades y asociaciones civiles.
  • Sólo deduce gastos indispensables. Para que un gasto sea deducible, debe ser “estrictamente indispensable” para los fines de la actividad del contribuyente. Si intentas deducir gastos no necesarios, podrías incurrir en una falta administrativa.
  • No todo el gasto en nóminas y pago de contribuciones de seguridad social es deducible, se deben cuidar aspectos técnicos como los sueldos y salarios exentos. Por ejemplo, las prestaciones pagadas vía nómina que por propia disposición sean ingresos exentos para el trabajador, son deducibles para la empresa en un 47%; aunque pueden llegar al 53% si este tipo de pagos aumentan o se mantienen respecto del año anterior en conceptos como: vales de despensa, aguinaldo en la parte que no exceda la exención de ley, fondo de ahorro, PTU en la parte que no exceda la exención de ley, prima vacacional y rendimientos de cajas de ahorro.

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Declaración de impuestos ante el SAT. Foto: Pexels

4. También cuentan tus inversiones en activos fijos

Se puede deducir un porcentaje del valor de tu inversión realizada en activos fijos anualmente, siempre y cuando consideres los porcentajes máximos de la ley del ISR. A través de esta legislación también se puede sumar la inflación al valor de compra de nuestro activo.

Para reconocer qué INPC (Índice Nacional de Precios al Consumidor) utilizar al momento de realizar la actualización de los montos que aplicaremos como deducción fiscal, debes usar los INPC que correspondan a la fecha de adquisición del activo (inversión) que estás depreciando, y el INPC correspondiente al último mes de la primera mitad en que este activo (inversión) haya sido utilizado en el ejercicio.

5. Al cierre de cada mes revisa tus créditos y deudas

La Declaración Anual requiere “acumular o disminuir” el efecto inflacionario que se generó derivado de tener créditos o deudas en el numerario. Aunque este punto parece básico, es uno de los de mayor incidencia al momento de una revisión del SAT.

Así que para el cálculo correcto de deudas y créditos, se utilizan únicamente los saldos del último día de cada mes del ejercicio. Además, recuerda que los créditos y deudas en moneda extranjera se valúan al tipo de cambio del primer día de cada mes.

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